Según lo establecido por los entes reguladores, hay distintos motivos válidos por los cuales un elector podrá no asistir el día de estas Elecciones:
- Distancia: las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su sede electoral podrán ausentarse si justifican la lejanía.
- Enfermedad: las personas que comprueben una enfermedad, y por tanto una causa de fuerza mayor.
- Servicio Público: el empleado de servicios públicos que se encuentre en funciones estará habilitado a presentar su inasistencia.
Para tramitar la inasistencia a las elecciones, se deberán seguir los siguientes pasos:
- Acceder al Registro de Infractores del Padrón Electoral a través de su página web.
- Ingresar el Documento Nacional de Identidad (DNI), sexo y distrito.
- Para la justificación de la inasistencia, el gobierno nacional dispone de los diferentes motivos, que de deberán elegir y presentar el certificado correspondiente.
¿De cuánto son las multas por no votar?
Una vez pasado el plazo de los 60 días para presentar la justificación ante la Justicia Electoral, la multa quedará en el Registro de Infractores. Los precios aumentan de la siguiente manera, dependiendo si existen infracciones previas:
- Sin infracciones previas sin regularizar: $50.
- Con 1 infracción previa sin regularizar: $100.
- Con 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
- Con 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.
La penalización por no emitir el sufragio puede abonarse directamente en la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) con cualquier medio de pago digital, o de forma presencial en alguna de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.