En los nuevos tiempos que corren no es un dato menor el haber incorporado a un doctor en abogacía, investigador, docente universitario, con especialización en el derecho ambiental al Superior Tribunal de Justicia, mal que le pese a una oposición que se niega a pensar en profundidad, a legislar para el hoy y el mañana.
Poco antes de aprobarse por mayoría -29 votos contra 7- su designación, el doctor Juan Manuel Díaz señalaba que la Suprema Corte de Justicia de la Nación había dado pasos en los albores del estado de derecho ambiental. Y puntualmente señaló que la Legislatura “ha dado un paso enorme en la construcción de ese estado de derecho ambiental, en una nueva fase del constitucionalismo, si se quiere, al sancionar el fuero ambiental de la Provincia de Misiones”.
Y vale la pena detenerse en la apreciación de considerar ese fuero como una nueva fase del constitucionalismo. Una reflexión que permite considerar aquello también indicado: que se priorice además de los derechos económicos, sociales y culturales la dimensión ambiental que es transversal a todos los Poderes del Estado.
Misiones ha sancionado en las últimas décadas una serie de leyes de resguardo ambiental y ha sido incomprendida, también. Nada menos que por la Corte Suprema de Justicia, cuando reivindicaba la soberanía provincial sobre el río Iguazú y sus riberas, en el marco de la protección ambiental. Por ese entonces (año 2017) la Corte juzgó “inconstitucional” la ley misionera, ignorando la potestad concedida a las Provincias por la Reforma del ’94 y dio validez a la Administración de Parques Nacionales, que creó el Parque Nacional por una decisión resolutiva del Poder Ejecutivo de la Nación en 1934.
No obstante, Misiones continuó legislando en preservación de sus recursos naturales y ha avanzado en la última semana en declarar áreas naturales protegidas a las cuencas hídricas de los ríos Uruguay y Paraná, contando con dictamen unánime de los integrantes de la Comisión de Recursos Naturales.
El conjunto de normas sancionadas a lo largo de casi dos décadas cobra hoy relevancia a medida que el cambio climático imprime urgencias, algunas ya advertidas, pero prolijamente ignoradas en el país y en el mundo.
Podría decirse que así ha sido con la reforma constitucional del año 1994 que incorporó el derecho ambiental en el capítulo “Nuevos derechos y garantías” como un derecho fundamental de todos los habitantes a “gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”. Breve, conciso, preciso. Y hay quienes han reflexionado acerca que “el mandato constitucional resulta especialmente dirigido a las Provincias, que son las titulares del dominio de los recursos naturales”.
Es que se le reconoció a las Provincias la potestad sobre los recursos naturales. Y vale la pena detenerse en ver de qué se trata: “conjunto de componentes de la naturaleza susceptibles de ser aprovechados para la satisfacción de las necesidades y tengan valor actual o potencial, tales como el paisaje natural, las aguas superficiales y subterráneas, el suelo, subsuelo y las tierras, la biodiversidad, la geodiversidad, los recursos genéticos y los ecosistemas que dan soporte a la vida, los hidrocarburos, los recursos hidroenergéticos, eólicos, solares, geotérmicos y similares, la atmósfera y el espectro radioeléctrico, o los minerales, las rocas y otros recursos geológicos renovables y no renovables” (+).
Si bien se mira, Misiones ha actuado en un todo en concordancia respecto de la manda constitucional como no lo ha hecho, ni la Nación ni otras Provincias en las casi tres décadas transcurridas desde una reforma constitucional que ha tenido poca prensa y que sin embargo reivindicó el federalismo, incorporó los derechos de cuarta generación y hasta limitó las atribuciones del Poder Ejecutivo en la nominación de integrantes del Poder Judicial, creando el Consejo de la Magistratura. Y, a esta altura de los tiempos, no parece inapropiado preguntarse si esa prensa tan desfavorable no ha sido, precisamente, en contra de tales avances que, por entonces, eran una vanguardia.
La negativa de la oposición a sumarse a la designación del nuevo ministro de la Corte bajo el argumento pueril de no haber tenido “tiempo suficiente” para analizarlo dada la trayectoria pública del doctor Díaz, induce también a preguntarse si no hay otros motivos inexpresados en esta postura. Hace poco la Provincia sancionó la Ley de Bioinsumos y promovió el gradual reemplazo de los agroquímicos, generando ampliar adhesiones y hasta repercusión internacional (el presidente de la Legislatura Carlos Rovira estará disertando en Francia y Alemania sobre los avances de Misiones en materia ambiental). También críticas vertebradas por grandes compañías productoras de los agroquímicos a través de canales de representación empresarial. Casi siempre todo tiene que ver con todo.