Un 19 de febrero del año 2008 se implementó, por primera vez en Posadas-Misiones, esta herramienta destinada a preservar a las víctimas y testigos de abuso sexual y evitar que sean revictimizadas en un procedimiento donde deben prestar declaración testimonial.
¿Qué es la Cámara Gesell?
Se trata de un procedimiento que establece que la toma de declaración de los testimonios a menores (niñas, niños y adolescentes) de 16 años se realice en privado, monitoreados a través de una pantalla con imagen y sonido.
Esta sala de observación fue creada por el pediatra y psicólogo estadounidense Arnold Lucius Gesell (1880–1961) para tomar declaración a los menores que hayan sido víctimas o testigos de alguna conducta de delito contra su integridad sexual; a modo que puedan prestar su testimonio en una habitación segura y adecuada para ese fin, evitándoles el riesgo de revictimización.
Actualmente, profesionales capacitados del Poder Judicial de la Provincia, llevan adelante las entrevistas con el debido cuidado permitiendo, a su vez, que las autoridades y las partes dentro del proceso puedan seguir el desarrollo del acto desde el exterior.
¿Cómo funciona?
El 11 de junio de 2008 el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones, a través de la Acordada Nº 16, aprobó el Instructivo para la Intervención del Gabinete Psicológico de Cámara Gesell, en el cual se estableció la creación de esta herramienta probatoria garantizando su debido proceso.
El sistema de Cámara Gesell cuenta con dos habitaciones contiguas separadas por un vidrio espejado, a través del cual las partes implicadas pueden observar y escuchar en simultáneo lo que ocurre en la entrevista sin interferir. Este vidrio está acondicionado a tal fin que supone la no percepción del menor de edad desde el interior, por lo que resulta menos intimidante el proceso.
En una de las habitaciones se encuentran únicamente el juez o funcionario a cargo de la causa y las partes implicadas en la misma, previamente autorizadas, y en la sala contigua se encuentra el psicólogo o psicóloga entrevistando al niño, niña o adolescente.
Además, las reformas normativas introducen la obligatoriedad de videograbar las entrevistas que se tomen a los niños víctimas de modo de evitar la reiteración del acto, entre otras cuestiones.
Con este instructivo se determinó que la sala de entrevista tiene instalada de forma oculta tres cámaras y dos micrófonos para la transmisión y recopilación de datos. La sala de observación posee un equipo de audio con salida a ocho auriculares personalizados.
Otra de las cuestiones que evita este sistema es el proceso conocido como “victimización secundaria”, que tiene lugar cuando los sujetos víctimas o testigos de un delito se ven obligados a evocar una y otra vez la agresión vivida, en las numerosas declaraciones que deben prestar a lo largo del procedimiento judicial. De esta manera, experimentan repetidamente el trauma y la estigmatización.
Las instalaciones de la Cámara Gesell de Misiones se encuentran en el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la ciudad de Posadas, en la Avenida Alem 3417. Para más información pueden comunicarse al 0376-4446550 – 4554.
Además, pueden acceder al material a la Guía de Buenas Prácticas para la protección de derechos y acceso a la justicia de niños víctimas de abuso sexual “con el fin de orientar, asistir y contribuir a sistematizar la actuación de los funcionarios y operadores involucrados en las distintas instancias del proceso y así apoyar sus esfuerzos por mejorar las condiciones y la calidad del abordaje que se le brinda a las niñas, niños y adolescentes (NNyA)”, que se presentan en este proceso legal.
*Algunas noticias y documentos relacionados: *
Protocolo de actuación Cámara Gesell: https://www.jusmisiones.gov.ar/index.php/joomla-overview/acordadas/1432-protocolo-de-actuacion-declaracion-en-camara-gesell-y-pericia-psicologica
Ley 26.061:http://www.jus.gob.ar/media/3108870/ley_26061_proteccion_de_ni_os.pdf
Para linkear a la nota:
Instructivo: https://www.jusmisiones.gov.ar/files/Nuevas_dependencias/camaragesell.pdf
Guía:
- Guia de Buenas Pra?cticas para la proteccio?n de derechos y el acceso a la justicia de nin?os vi?ctimas de abuso sexual. (1).pdf