La pregunta «¿se puede construir en la casa de los suegros?» esa resulta ser la consulta del millón para abogados y escribanos, para reponerla en Cadena de Noticias participó el letrado, Federico Esquivel, el cual respondió que técnicamente según el Código Civil no se podría, «el código es bastante claro cuando refiere que lo principal sigue a accesorio«, no obstante afirmó que el yerno/a o quien se encuentre en la situación de tener que retirarse del inmueble construido con su capital, puede pedir un resarcimiento.
Ya sea por una cuestión de necesidad de espacio propio, privacidad o por temas económicos, una pareja joven puede decidir comenzar a construir en el terreno de unos de los suegros, a falta de un terreno propio, el propietario principal siempre será esos suegros, y edificación que se haya realizado será considerado ante la ley una construcción accesoria.
«Yo tengo un bien que es principal y si construyo otro bien que no está documentado ni instrumentado y sigue a lo principal, a quien pertenece esa propiedad al único titular»
Cuando el vínculo entre la pareja se rompe o por determinada situación este suegro/a pide al yerno/a que viva en esa edificación que se retire, es el momento según el abogado cuando inicia el conflicto.
En esa línea, el inquilino al cual se le haya pedido retirarse debe hacerlo, sin embargo en caso que ese individuo haya invertido en la construcción de una vivienda o en la mejora, está en su derecho de pedir una compensación.
Ante esta situación, el letrado afirmó en el programa que la persona que construyó la propiedad, tiene el derecho de cobrar las mejoras de esa propiedad «si yo construyo todo un edificio, pero por diferentes razones yo me debo retirar, puedo cobrar por las mejoras» aseguró y agregó que para obtener esta compensación, la parte afectada debe tener pruebas acerca de la construcción, puede ser desde evidencia fotográfica, recibos de compras de insumos e incluso testimonios de vecinos o conocidos.
El objetivo que se tiene ante la ley, en estos casos, es brindarle un resarcimiento a la persona por la inversión realizada, para que esta misma pueda edificar o vivir en otra locación.
Para evitar el conflicto o la incertidumbre sobre si invertir o no, Esquivel recomendó recurrir a un abogado o escribano para transparentar esa construcción, «lo ideal es que apenas se empieza a edificar, asistir a un escribano para plantear la situación y estar asesorado sobre cómo transparentar esta construcción, que este profesional brinde una solución precoz que resulte beneficiosa para todas las partes».
Para cerrar mencionó que con esta transparencia de la construcción, entonces las personas por medio de ese instrumento puede hacer valer su derecho frente ante cualquier situación que busque vulnerar sus derechos.