La discusión por la tenencia de perros potencialmente peligrosos dio un paso clave en la Cámara de Representantes de Misiones. La Comisión de Recursos Naturales, Conservación del Ambiente y Cuidado Animal emitió dictamen favorable para avanzar con una ley que busca regular, identificar, registrar y controlar la circulación de estos animales en todo el territorio provincial. El texto aprobado en comisión reúne distintos expedientes presentados desde 2018 hasta 2026 y propone un marco único bajo el nombre de Ley de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos.

El corazón del proyecto no está puesto únicamente en la raza del animal, sino en la responsabilidad humana detrás de su tenencia. La iniciativa parte de una premisa concreta: hay perros que, por sus características físicas, antecedentes de agresión, adiestramiento o condiciones de manejo, pueden representar un riesgo grave para personas y otros animales. Frente a eso, el dictamen propone dejar atrás los vacíos normativos y avanzar hacia un sistema de control más claro, con obligaciones precisas para los dueños.
La norma define como perro potencialmente peligroso a todo animal que, por sus características físicas o morfológicas, antecedentes de comportamiento agresivo verificados, condiciones de crianza o manejo, tenga capacidad de causar lesiones graves o incluso la muerte. También alcanza a aquellos que hayan sido adiestrados para ataque o defensa, o que pertenezcan a determinadas razas consideradas de mayor riesgo.
Entre las razas mencionadas aparecen Pit Bull, Rottweiler, Dogo Argentino, Doberman, Bull Terrier, Pastor Alemán, Presa Canario, Akita Inu, Fila Brasileño, Cane Corso, Tosa Inu, Mastín Napolitano, Bullmastiff, American Staffordshire, Staffordshire Bull Terrier, Dogo de Burdeos, Pastor del Cáucaso, entre otras. El listado podrá ser ampliado o modificado por la autoridad de aplicación con fundamentos técnicos.

Uno de los puntos más fuertes del proyecto es la creación de un Registro Provincial Digital de Perros Potencialmente Peligrosos. Este registro será centralizado, de acceso público y de gestión digital. Allí deberán inscribirse los animales alcanzados por la ley, con datos del perro, del tenedor responsable, informe veterinario, historial de infracciones, actuaciones administrativas y cualquier cambio de tenencia, extravío, sustracción o fallecimiento.

La inscripción será obligatoria dentro de los 90 días de adquirida la tenencia del animal o desde la entrada en vigencia de la ley. Además, el tenedor deberá mantener actualizada la información y comunicar cualquier modificación en un plazo de 48 horas.

El proyecto también establece la identificación obligatoria mediante microchip subcutáneo u otra tecnología equivalente o superior, colocado por un veterinario matriculado. Pero no se queda solo en la identificación electrónica: cuando el animal circule por la vía pública o espacios de acceso público, deberá portar collar o pretal con una placa visible que incluya el número de inscripción y un medio de contacto del responsable.
La circulación en espacios públicos tendrá condiciones estrictas. Los perros deberán llevar bozal adecuado, que impida morder sin afectar la respiración ni provocar daño; deberán ser conducidos con correa no extensible de hasta 1,50 metros; y solo podrán ser llevados por personas mayores de 18 años con capacidad física suficiente para controlarlos.
También se prohíbe que una persona conduzca más de un perro potencialmente peligroso al mismo tiempo, salvo paseadores habilitados, que podrán llevar hasta dos. Además, los menores de edad no podrán conducir solos a estos animales y queda prohibido dejarlos sin sujeción en la vía pública o en espacios comunes de edificios y conjuntos habitacionales.
La responsabilidad del dueño no termina en la calle. El dictamen exige que el tenedor garantice en el domicilio estructuras de contención adecuadas para impedir escapes o contacto no controlado con terceros. Es decir, no alcanza con tener al perro dentro de una propiedad: el lugar deberá estar preparado para evitar riesgos.
Otro punto sensible es la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil. Todo tenedor de un perro potencialmente peligroso deberá contar con una cobertura que responda por los daños que el animal pudiera provocar a personas, otros animales o bienes. La vigencia de ese seguro será condición necesaria para inscribir al animal y sostener legalmente la tenencia.
El proyecto también incorpora una línea preventiva. La autoridad de aplicación deberá implementar programas de capacitación sobre tenencia responsable, manejo seguro y prevención de situaciones de peligrosidad. Esa capacitación será obligatoria para los tenedores de animales sobre los cuales exista una resolución de peligrosidad.
La ley plantea además una articulación con los municipios. Las disposiciones funcionarán como estándares mínimos provinciales, pero cada municipio podrá dictar ordenanzas complementarias que amplíen o especifiquen las obligaciones. A su vez, los organismos municipales deberán colaborar con la autoridad provincial en el control de infracciones y comunicar hechos relevantes dentro de las 48 horas.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Gobierno de Misiones, con asistencia técnica permanente del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios. Este organismo tendrá a su cargo la administración del registro, la determinación de peligrosidad, la coordinación con municipios, las campañas de concientización y la aplicación de sanciones.
El proyecto también le otorga un rol concreto a la Policía de Misiones, que podrá proceder al secuestro inmediato del animal cuando exista incumplimiento de las obligaciones o riesgo grave e inminente para la seguridad pública. Esa medida deberá ser comunicada a la autoridad de aplicación dentro de las 24 horas y luego formalizada mediante resolución fundada.
En materia sancionatoria, el dictamen contempla apercibimientos, multas, retención preventiva del animal, restricción temporaria de la tenencia y prohibición definitiva de tenencia en casos de reincidencia grave. Para aplicar la prohibición definitiva deberá existir dictamen técnico veterinario, audiencia del tenedor y notificación del derecho a recurrir administrativa o judicialmente.

La iniciativa no plantea una prohibición general de razas ni apunta a demonizar a los animales. El eje está puesto en ordenar la tenencia, identificar riesgos y hacer responsable a quien decide tener un perro con capacidad potencial de provocar daño. En ese sentido, el proyecto busca equilibrar dos dimensiones: el bienestar animal y la seguridad pública.
El dictamen fue emitido en Posadas el 18 de junio de 2026, bajo el número 25-2026/27, y lleva la firma de integrantes de la Comisión de Recursos Naturales, Conservación del Ambiente y Cuidado Animal. Entre los expedientes considerados se encuentran propuestas de distintos legisladores y legisladoras, incluida la iniciativa presentada por la diputada María Heidy Schierse, además de proyectos vinculados a registro, circulación, cuidado responsable y hasta prohibición de cría o venta de determinadas razas.
Con este avance en comisión, la Cámara se encamina a debatir una norma que puede marcar un antes y un después en la convivencia urbana, la prevención de ataques y la responsabilidad de los propietarios. En una provincia donde la protección animal y la seguridad ciudadana muchas veces aparecen como debates separados, el proyecto intenta unir ambas agendas bajo una idea central: el problema no es solo el perro, sino la falta de control, registro y responsabilidad de quienes lo tienen a su cargo.





