La Provincia expresó su postura a través de una presentación ante la CSJ de la Nación.
El texto siguiente es el comunicado oficial difundido por la Agencia Provincial de Noticias.
Profundizando el ahogo financiero de las provincias, el Gobierno Nacional retiene $ 397 mil millones que corresponde a los estados federales.
Conforme lo dice en forma expresa la ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos, el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional es dinero que pertenece a las provincias y que debe ser distribuido por el Estado Nacional atendiendo a situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales.
Existiendo situaciones de emergencia económica en todas las provincias, el Estado Nacional se ha apropiado en forma indebida de fondos que no le pertenecen, omitiendo concretar la distribución que la ley de Coparticipación lo obliga a realizar según principios constitucionales.
El Gobernador Sergio Ziliotto, a través de la Fiscalía de Estado a cargo de la letrada Romina Schmidt y con el patrocinio del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez solicitó, mediante la interposición en competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una acción declarativa de inconstitucionalidad para que los recursos perteneciente al uno por ciento asignado al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional integren la masa de los fondos coparticipables que pertenecen a las provincias y se distribuyan secundariamente mediante el sistema de remisión automática diaria.
El Gobierno nacional sólo ha transferido $10.300 millones en pocas provincias, lo que configura una suma ínfima con relación al total no distribuido.
Esta situación no tiene antecedentes en gobiernos anteriores. La última distribución masiva data del mes de noviembre de 2023. En esa oportunidad, el ministro de Economía Sergio Massa distribuyó $131.000 millones al conjunto de las 24 jurisdicciones federales.
Sin dudas, esta actitud del Gobierno nacional profundiza el cada vez más evidente deterioro del federalismo fiscal. Un elemento más que se suma a la reversión de la distribución establecida en la actual ley de coparticipación federal que inicialmente asignaba un 58 % al conjunto de provincias. Hoy, ese porcentaje queda en manos del Estado Nacional.
La presentación ante la CSJN imputa la inobservancia de lo establecido en la reforma de 1994 que, en el art. 75 inciso 2, que constitucionalizó el sistema de coparticipación federal de los impuestos directos e indirectos estableciendo un sistema de distribución de los recursos equitativo, solidario, que priorice un grado de equivalente desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el país y, a la vez, garantice la automaticidad de la remisión de fondos.
La distribución de los fondos coparticipables, provenientes de los ATN, dependen de la discrecionalidad absoluta del Poder Ejecutivo Nacional sin tener en cuenta ningún parámetro constitucional de distribución, lo cual colisiona los criterios objetivos de reparto previstos por el art. 75 inc. 2 de la Constitución argentina causando un daño irreparable a las provincias argentinas y fundamentalmente a los derechos de sus habitantes.
«𝗔𝗻𝘁𝗲 𝗲𝗹 𝗶𝗻é𝗱𝗶𝘁𝗼 𝗮𝗵𝗼𝗴𝗼 𝗳𝗶𝗻𝗮𝗻𝗰𝗶𝗲𝗿𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝘀𝘂𝗳𝗿𝗲𝗻 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗿𝗼𝘃𝗶𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀, 𝘂𝗿𝗴𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗳𝘂𝗻𝗱𝗶𝘇𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗱𝗲𝗳𝗲𝗻𝘀𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗙𝗲𝗱𝗲𝗿𝗮𝗹𝗶𝘀𝗺𝗼»
Sergio Ziliotto posteó en su cuenta de la red social X (ex Twitter) el reclamo que le hace al Gobierno nacional.
Presentamos demanda ante la CSJ para que el Gobierno nacional deje de apropiarse de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN), recursos que pertenecen a todas las provincias.
Con el patrocinio de @agildominguez 𝘀𝗼𝗹𝗶𝗰𝗶𝘁𝗮𝗺𝗼𝘀 𝘀𝗲 𝗹𝗲𝘀 𝘁𝗿𝗮𝗻𝘀𝗳𝗶𝗲𝗿𝗮 𝗲𝗻 𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮 𝘂𝗿𝗴𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗼𝘀 $ 𝟯𝟵𝟳 𝗺𝗶𝗹 𝗺𝗶𝗹𝗹𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗲𝘀𝗼𝘀 𝗻𝗼 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗿𝗶𝗯𝘂𝗶𝗱𝗼𝘀, 𝗮𝗰𝘂𝗺𝘂𝗹𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗮 𝗹𝗮 𝗳𝗲𝗰𝗵𝗮.
𝗦𝗼𝗻 𝗿𝗲𝗰𝘂𝗿𝘀𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗯𝗹𝗲𝘀 𝗽𝗿𝗼𝗽𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗳𝗲𝗱𝗲𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀 según lo fija la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos. Están 𝗱𝗲𝘀𝘁𝗶𝗻𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗮 𝗰𝘂𝗯𝗿𝗶𝗿 𝗲𝗺𝗲𝗿𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝘆 𝗱𝗲𝘀𝗲𝗾𝘂𝗶𝗹𝗶𝗯𝗿𝗶𝗼𝘀 𝗳𝗶𝗻𝗮𝗻𝗰𝗶𝗲𝗿𝗼𝘀, circunstancias claramente consolidadas ante la situación de las provincias producto del ahogo financiero impulsado por el Gobierno nacional.
Deben distribuirse bajo los 𝗰𝗿𝗶𝘁𝗲𝗿𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗶𝗴𝘂𝗮𝗹𝗱𝗮𝗱, 𝘀𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱 𝘆 𝗮𝘂𝘁𝗼𝗺𝗮𝘁𝗶𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱, 𝘆 𝗽𝗿𝗶𝗼𝗿𝗶𝘇𝗮𝗻𝗱𝗼 𝗲𝗾𝘂𝗶𝘃𝗮𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗮𝗿𝗿𝗼𝗹𝗹𝗼 𝘆 𝗰𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝗱𝗮 , tal los postulados incorporados por la reforma constitucional de 1994, que modifican el criterio original de distribución de la ley de Coparticipación.

