El Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos de Misiones, mediante la Resolución N° 329 firmada por el ministro Adolfo Safrán y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, reglamentó el Decreto Provincial N° 713/2026, que establece un régimen especial y temporario de suspensión del pago a cuenta de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La medida, que se extenderá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027, busca aliviar la presión fiscal sobre las pequeñas y medianas empresas, simplificar la operatoria en los puestos de control fiscal en ruta y evitar lo que muchos empresarios denominaban una “aduana paralela” que encarecía la operatoria comercial.
Alcances de la suspensión
- Suspensión parcial de normas: Se suspenden artículos específicos de la Resolución General N° 056/2007-DGR, manteniendo vigentes las disposiciones de la R.G. 044/2021-DGR salvo excepciones.
- Exclusión automática: Contribuyentes con anticipos menores a $10 millones en el ejercicio anterior quedan fuera del régimen. Este tope podrá actualizarse según la variación del IPC.
- Grandes contribuyentes: Los que superen ese monto deberán ingresar un anticipo equivalente al 75% del impuesto determinado en el anteúltimo mes calendario anterior, mediante el Formulario SR-341.
- Nuevos contribuyentes: Estarán exentos durante los primeros tres meses desde su inscripción, tras lo cual la Dirección General de Rentas evaluará su comportamiento fiscal.
- Regularización de no inscriptos: Se habilita un mecanismo para inscribir a sujetos detectados sin alta en Ingresos Brutos, quienes podrán acceder a los beneficios del régimen.
- Documentación exigida: Las remisiones de mercaderías deberán estar acompañadas por remitos y el Formulario SF-174. Los transportistas deberán exhibir la documentación correspondiente según la categoría del contribuyente.
- Declaraciones juradas: Los excluidos no deberán presentar el formulario SR-343, pero sí el SR-341 informativo en los puestos de control.
- Sanciones: La falta de presentación, adulteración o falsificación de formularios será sancionada conforme al Código Fiscal, con la pérdida de beneficios de simplificación informativa.
Contexto y objetivos
La Resolución se enmarca en un escenario de crisis económica nacional, donde los costos de logística y la presión tributaria afectaban directamente la competitividad de las Pymes misioneras. El Ministerio de Hacienda subrayó que la medida no elimina los regímenes vigentes, sino que introduce una flexibilización temporal para reducir costos operativos y administrativos, especialmente en sectores como la cadena yerbatera y el tránsito de mercaderías.
El Decreto N° 713/2026 instruyó al Ministerio a implementar este régimen excepcional, con facultades para dictar normas complementarias. La Dirección General de Rentas será la encargada de confeccionar y mantener actualizados los padrones de contribuyentes incluidos, excluidos y nuevos, además de garantizar la correcta aplicación de la normativa.
La medida busca acompañar al sector productivo en tiempos de crisis, otorgando previsibilidad y alivio fiscal a las Pymes, evitando la sensación de una ‘aduana paralela’ que generaba costos adicionales y trabas burocráticas”.
Con esta decisión, Misiones apunta a dar oxígeno a las empresas locales, sostener la competitividad y fomentar inversiones genuinas, en un esquema tributario más flexible y menos oneroso.





