El Ministerio de Salud Pública recordó que el certificado de apto físico, tanto médico como odontológico, debe presentarse durante el mes del cumpleaños del alumno, según lo establece el artículo 4 de la Ley Provincial XVII N.º 63, modificada por el Decreto Provincial 269/19. La medida alcanza a estudiantes de los niveles inicial, primario y secundario.

Desde la cartera sanitaria aclararon que la no presentación del certificado al inicio del ciclo lectivo no debe condicionar el cursado del nivel educativo correspondiente, ya que se trata de un requisito administrativo que no puede convertirse en un impedimento para el acceso a la educación.
El certificado tiene una validez de un año y los exámenes complementarios, como electrocardiogramas, radiografías u otros estudios, solo deben adjuntarse cuando el médico actuante considere necesario realizarlos, evitando así prácticas innecesarias.
El objetivo de la normativa es evitar la concurrencia masiva a centros de salud y hospitales, que suele generar saturación de turnos y largas esperas, y garantizar que el trámite no pierda su finalidad sanitaria, asegurando un control de salud adecuado para niños y adolescentes.




