Es en el marco de la elección del Colegio de Abogados para la renovación de autoridades, a realizarse el 28 del corriente mes. La propuesta surge de la lista Derecho en Acción, que postula a los letrados Gabriela Barrionuevo y Fernando Verón.
En una charla con Ndel6, Gabriela Barrionuevo explicó que la lista es un espacio abierto y plural conformada por un grupo de abogados que ejercen la profesión diariamente.
“Nuestro objetivo es trabajar en forma conjunta en proyectos a través de los cuales se puedan acercar propuestas productivas que jerarquicen nuestra profesión. Además, propender en forma activa a una trasformación en el proceso de selección de jueces, a partir de la implementación de acciones que ayuden a transparentar la decisión respecto a las personas más idóneas para integrar ternas», dijo la letrada.
Barrionuevo afirmó que en la lista que integra «estamos convencidos de que existen cuestiones que no son consideradas durante la evaluación y que hacen a la idoneidad ética y moral de los postulantes. Debería implementarse la evaluación psicológica de los candidatos a la magistratura que pasen a la audiencia con las autoridades del Consejo, última fase del concurso público de antecedentes y de oposición”.
Asimismo, añadió que “también debería propenderse a que a los exámenes orales puedan ser consultados por los aspirantes a concursar y la ciudadanía en general aún después de haberse transmitido en vivo. En el caso de que el concursante se trate de un magistrado que desee acceder a un cargo mayor, sería muy importante contar con un informe del que surja el estado del juzgado a su cargo, cantidad de sentencias revocadas y confirmadas, licencias, subrogancias, etc.
Debería permitírseles a los concursantes contar, al momento de ser examinados, con doctrina y jurisprudencia, puesto que en los hechos cuando los jueces deciden tienen ese material a disposición, si bien es cierto que para ello además deberíamos impulsar una modificación al reglamento.
Al momento de la entrevista personal debería tenerse en cuenta indagar aspectos que hacen no solo a la vocación para ser juez del postulante, sino además, su apertura a considerar -para el caso de cargos a jueces de tribunales colegiados- la producción de fallos plenarios sobre cuestiones donde las salas hubieran tenido divergencias de criterio, puesto que se trata de una herramienta muy necesaria para brindar seguridad jurídica a los justiciables”.
-¿Qué opinión tiene su lista en relación al planteo de inconstitucionalidad de la Acordada 139/19 planteada por el Colegio de Abogados?
«Es una cuestión que suscita divergencias entre los colegas. Algunos entienden que efectivamente el Protocolo de Oralidad en Procesos Civiles y Comerciales avanza sobre facultades de otros poderes, concretamente el Legislativo, al implementar una modificación al Código procesal civil y comercial de la provincia.
Otros, entre los que me incluyo, aun coincidiendo con objeciones plasmadas en el planteo de inconstitucionalidad, no podemos perder de vista que el actual código procesal fue previsto para articular un procedimiento escrito, y que son numerosos los reclamos que le hacemos a la justicia por su lentitud en dar soluciones a los usuarios del servicio. El proceso hablado con sus especiales características de publicidad, inmediación y concentración procesal, se presenta como un útil instrumento a los fines de recuperar los niveles de confianza de la sociedad en el sistema de justicia civil.
Lo que el Colegio discute es la implementación de la oralidad mediante una acordada y no mediante una reforma legislativa, pero la realidad es que es la forma en la que se ha venido implementando en otras provincias. Por ejemplo, la provincia de Buenos Aires, puso en práctica la oralidad en los juicios civiles manteniendo el mismo Código Procesal con el que transitaban los procesos escritos, pero haciendo efectivos viejos principios procesales que habían caído en desuso como la concentración, inmediatez, celeridad y promoviendo el uso de la tecnología adecuada para video registrar las declaraciones de las partes, testigos y las eventuales explicaciones que puedan brindar los peritos. No olvidemos que estos mecanismos fueron utilizados durante la pandemia.
Creo que si tal como lo dice el presidente de nuestro colegio, a quien conozco y respeto, la solicitud de formar una mesa técnica no tuvo eco en el Superior, antes de oponernos a los cambios positivos que podría introducir el sistema, deberíamos insistir en la conformación de un gabinete en conjunto con el Poder Judicial para analizar los aciertos y las falencias que irán apareciendo en la implementación del nuevo sistema, para corregirlos y finalmente plasmarlos en una reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia».
-¿La oralidad vendría entonces a solucionar los problemas de demora de la justicia?
«Siempre hablando de la civil probablemente, pero creemos que no es la única herramienta que podría ayudar. También hace un tiempo venimos pregonando la necesidad de instaurar en la provincia la mediación previa obligatoria para todas las causas patrimoniales, excluyendo las cuestiones de familia, que ya tienen establecida esa obligación. Si a la oralidad le sumamos la descompresión de causas, que podrían resolverse mediante una mediación sin ir a la justicia, los resultados serían mucho mayores y sobre todo más benéficos no solo para los usuarios del servicio de justicia, sino además para los abogados de la matrícula que podrían hallar con este mecanismo una salida laboral.
En otro orden, Barrionuevo recordó que no sólo ha trabajado muchos años en la justicia federal, sino que ha sido asesora en el Consejo de la Magistratura de la Nación. Organismo que no solamente tiene a su cargo la selección de jueces, también la administración de los recursos del Poder Judicial, e incluso tiene la facultad disciplinaria y de decidir sobre la apertura del procedimiento de remoción de magistrados. Todas estas propuestas son idénticas a las que se formularon en la implementación inicial de ese organismo y que influyeron positivamente en jerarquizar los procedimientos de selección de magistrados.
Por otra parte, cabe mencionar que son cinco las listas que participan de las elecciones y el horario de votación será de 8.00 a 18.00, en las mesas de cada una de las circunscripciones judiciales de Posadas, Oberá, Eldorado, Puerto Rico, Leandro N. Alem, San Vicente, Puerto Iguazú, Apóstoles y Montecarlo. (Texto: Alberto Caeiro – Fotos: Romina Sánchez)