A través del Decreto 196/2025, se oficializaron los cambios en el decreto reglamentario de la Ley de Tránsito para agilizar trámites y eliminar procesos burocráticos.
Principales modificaciones del decreto
Implementación de la Licencia Nacional Digital y simplificación de los procesos de renovación
La licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años. Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.
A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Ya se adhirieron a la nueva modalidad las jurisdicciones de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI)
Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Modificación de los plazos para la revisión técnica de los vehículos
En vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial.
En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año.
En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.
Incorporación exclusiva de sistemas de cobro Free Flow (peajes sin barrera) en todas las rutas nacionales
La Dirección Nacional de Vialidad establecerá un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales cuenten exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.
Inclusión del concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización
Se establecen los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.




