En el segmento de Ambiente, Sociedad y Sustentabilidad, Sonia Weisheim charló con el abogado y juez Marcelo López Alfonsín, quien aseguró que la reforma constitucional de 1994 introdujo varios cambios significativos en la estructura política y jurídica de Argentina, y uno de los aspectos más relevantes fue la incorporación de los derechos de incidencia colectiva. Estos derechos, que afectan a la vida de todos, incluyen aspectos fundamentales como el derecho a un ambiente sano. «La incorporación de estos derechos fue un hito, sobre todo en un contexto donde la cuestión ambiental ya era un tema central para la sociedad civil».
El artículo 41 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano, representa un avance clave en la protección del entorno. Según López Alfonsín, «la inclusión de este derecho humano no solo tiene implicancias para la sociedad, sino que también impacta profundamente en la estructura del Estado». Este cambio en la Constitución tiene repercusiones en todas las políticas públicas, ya que se conecta con el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente.
Además, la reforma de 1994 modificó la relación entre el Estado nacional y las provincias en cuanto a la gestión de los recursos naturales. El artículo 41 también determinó que las provincias son las «dueñas originarias» de los recursos naturales en su territorio. López Alfonsín afirma que esto da lugar a «un federalismo de concertación, un modelo difícil de implementar». La gestión de parques nacionales es uno de los ejemplos donde esta tensión se hace evidente.
El sistema de parques nacionales, en particular, refleja la complejidad del modelo federal. La Ley Orgánica de Parques Nacionales, creada en 1980, aún sigue vigente, aunque con una lógica más cercana a la doctrina de seguridad nacional propia de la dictadura militar. López Alfonsín señala que, «aunque la ley tiene una buena gestión ambiental, su estructura de dirección está desactualizada, pues no hay representación de todas las provincias». Esta falta de federalismo en la gestión de los parques es un tema pendiente desde la reforma constitucional de 1994.
A pesar de este desafío, López Alfonsín resalta el cambio cualitativo que produjo la reforma en la implementación de normas mínimas de protección ambiental. «Las provincias, como dueñas de los recursos naturales, tienen la responsabilidad de gestionarlos, pero deben hacerlo bajo un marco de estándares mínimos establecidos por el Congreso», explica el abogado. Estas normas han transformado la relación entre el gobierno central y las provincias, buscando un equilibrio entre los derechos federales y provinciales.
Finalmente, la ley de parques nacionales, que nunca ha sido modificada a fondo, plantea un dilema sobre cómo adecuar la gestión ambiental a las realidades actuales del país. «Es necesario revisar la ley de parques nacionales, adaptándola a un modelo más participativo y federal», concluye López Alfonsín. La reforma de 1994, a pesar de sus avances, dejó varias cuestiones sin resolver, especialmente en la gestión de los recursos naturales y la protección ambiental, que siguen siendo un desafío clave para la política argentina.